Permiso nacimiento y cuidado del menor 2020

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Tal como se indicaba en el “Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupacion.”, el permiso en el caso de nacimiento por el otro progenitor, que es vigente desde el 1 de enero del año 2020, eleva su duración a 12 semanas.

 

Las cuatro primeras semanas del permiso se disfrutarán de forma ininterrumpida después del parto. Las semanas restantes pueden ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior a el parto o hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses. La madre biológica podrá ceder al otro progenitor un período de hasta dos semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio

 

Fuente BOE: https://www.boe.es/eli/es/rdl/2019/03/01/6/dof/spa/pdf

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