CEOE y sindicatos llegan a un pacto de salarios

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Patronal y sindicatos han llegado a un
pacto de rentas. El acuerdo establece una subida salarial del
0,5% para este año y del 0,6% para el 2013. Si bien lo más importante es que
introduce una cláusula de descuelgue y abre la puerta a la flexibilidad interna
pactada, siguiendo el modelo de Catalunya. Los salarios tendrán un componente
variable ligado a la productividad y el empresario podrá disponer de tiempo de
trabajo y cambiar las funciones de sus trabajadores. A cambio, los sindicatos
logran que se mantengan los convenios provinciales. Esto supone que las pymes
seguirán vinculadas a la negociación colectiva, ya que en un 80% de ellas se
rigen por ellos.

Entre hoy y mañana los órganos directivos de la CEOE,
CC.OO. y UGT aprobarán el acuerdo alcanzado en la madrugada del viernes por sus
equipos técnicos. El acuerdo será presentado por el presidente del Gobierno,
Mariano Rajoy, en la cumbre europea el día 30 junto a la reforma laboral, que
se aprobará el viernes.

CONVENIOS COLECTIVOS. Cláusula de descuelgue

El acuerdo, que es una prórroga del Acuerdo
Interconfederal para la Negociación Colectiva (AINC), incluye una cláusula de
descuelgue negociada, de la que la negociación salarial queda al margen. El
empresario podrá argumentar una disminución de sus ingresos, resultados o
productividad. Podrá “inaplicar” los acuerdos en horarios, trabajo a
turnos, sistemas de remuneración, sistemas de trabajo y funciones. Sólo se
podrá aplicar de forma negociada, y en caso de desacuerdo dispondrán de siete
días como máximo para negociar.

REMUNERACIONES VARIABLES. Parte del salario se vinculará a la productividad

Para abordar la espinosa exigencia de desvincular la
subida salarial del aumento de precios, patronal y sindicatos han pactado que
una parte del salario sea variable. Los convenios colectivos deberán determinar
la estructura del salario y el porcentaje variable o fijo de los sueldos. Esta
parte del salario se actualizará en función de la productividad y los
resultados de la empresa. Los negociadores recuerdan que esta opción está
regulada en los artículos 41 y 82.3 del Estatuto de los Trabajadores.

PACTO SALARIAL. Moderación por tres años

El AINC fija una subida salarial del 0,5% para el 2012
y del 0,6% para el 2013. En la práctica supone un descenso real de los salarios,
dado que la inflación sigue estando en el entorno del 2% a pesar de la
situación de decrecimiento del PIB. El acuerdo prevé una complicada cláusula de
actualización aplicable al final del ejercicio que sustituirá la tradicional
“cláusula de revisión salarial”. De esta manera, en el caso de que la
inflación española sea superior a la de la eurozona, se tomará como referencia
el IPC nacional. En el caso de que el precio del petróleo Brent sea superior en
un 10%, se descontará de la tasa de inflación la rúbrica de carburantes.

Los agentes sociales han acordado revisar los
convenios vigentes para adaptarlos al presente acuerdo. Para el 2014 los
salarios deberán adaptarse a la previsible mejora de la economía. Si el aumento
del PIB a precios constantes del 2013 es inferior al 1%, el aumento salarial no
excederá del 0,6%. En el caso de que el aumento del PIB se sitúe entre el 1% y
el 2%, los salarios no pasarán del 1%. En el caso de que el PIB crezca el 2%,
los salarios lo harán un 1,5%.

ÁMBITO DE LOS CONVENIOS. Perviven los provinciales

Los agentes sociales han pactado que se mantengan los
convenios provinciales. En la práctica, esto supone mantener a las pymes dentro
del marco general de la negociación colectiva. No obstante, el acuerdo también
deja claro que los convenios sectoriales “deberán propiciar la negociación
en la empresa, a iniciativa de las partes afectadas, de la jornada, funciones y
salarios, por tratarse del ámbito más adecuado para definir estas
materias”. Además, afirman que “el ámbito superior de negociación
debe respetar el equilibrio contractual de las partes a nivel de empresa hasta
el término de este convenio colectivo”.

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO. Flexibilidad para la empresa

El acuerdo prevé que la jornada laboral tenga cómputo
anual y se distribuya de forma irregular. Esto permitirá al empresario disponer
de ella con el fin de evitar las horas extraordinarias. Podrá distribuir de
forma irregular el 10% de la jornada anual y podrá modificar los horarios
diarios. Dispondrá de 40 horas anuales (cinco días). Los convenios sectoriales
podrán ajustar estos cambios.

Tras este acuerdo, el empresario también podrá cambiar
al trabajador de funciones (siempre dentro de su categoría profesional) para
adaptarse a las condiciones de mercado. Los cambios podrán ser más rápidos si
son temporales.

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